El régimen del monotributo en Argentina ha experimentado cambios significativos para el año 2024. Estos ajustes, que incluyen aumentos en los límites de ingresos permitidos y en las cuotas mensuales a pagar, buscan adaptar el sistema a la inflación y a las necesidades económicas actuales de los pequeños contribuyentes.
A continuación, te explicamos qué son las escalas del monotributo y cuáles son las nuevas escalas para 2024.
¿Qué son las Escalas del Monotributo?
Las escalas del monotributo son categorías que determinan el monto máximo de ingresos brutos anuales que puede tener un contribuyente para pertenecer a este régimen simplificado.
Cada categoría tiene un límite de ingresos, así como una cuota mensual específica que incluye impuestos y aportes a la seguridad social y obra social.
El objetivo de estas escalas es segmentar a los pequeños contribuyentes según su capacidad económica y actividad, permitiendo una tributación más equitativa y simplificada.
Nuevas Escalas del Monotributo para 2024
La Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, junto con el decreto 661, ha establecido las nuevas escalas del monotributo para 2024. Estas escalas han sido actualizadas para reflejar mejor la realidad económica del país y se aplican retroactivamente desde el 1 de enero de 2024.
Facturación Máxima Anual por Categoría
- Categoría A: Hasta $6.450.000
- Categoría B: Hasta $9.450.000
- Categoría C: Hasta $13.250.000
- Categoría D: Hasta $16.450.000
- Categoría E: Hasta $19.350.000
- Categoría F: Hasta $24.250.000
- Categoría G: Hasta $29.000.000
- Categoría H: Hasta $44.000.000
- Categoría I: Hasta $49.250.000
- Categoría J: Hasta $56.400.000
- Categoría K: Hasta $68.000.000
Cuotas Mensuales por Categoría
Los montos de las cuotas mensuales varían según la categoría y el tipo de actividad (venta de productos o servicios). Aquí están los valores actualizados:
- Categoría A: $26.600
- Categoría B: $30.280
- Categoría C: $34.658 para productos y $35.458 para servicios
- Categoría D: $44.343,80 para productos y $45.443,80 para servicios
- Categoría E: $58.148,18 para productos y $64.348,18 para servicios
- Categoría F: $69.783,00 para productos y $80.983,00 para servicios
- Categoría G: $85.296,20 para productos y $123.696,20 para servicios
- Categoría H: $170.734,68 para productos y $280.734,68 para servicios
- Categoría I: $255.108,55 para productos y $517.608,55 para servicios
- Categoría J: $311.931,97 para productos y $626.931,97 para servicios
- Categoría K: $377.084,75 para productos y $867.084,75 para servicios
Cambios Adicionales en el Monotributo
Además del ajuste en los límites de ingresos y las cuotas mensuales, la reforma incluye otros cambios importantes:
- Actualización Semestral: Los valores de las escalas del monotributo se actualizarán dos veces al año, en enero y julio, en función de la inflación acumulada en el semestre previo.
- Reajuste de Montos a Pagar: Mientras que los nuevos límites de ingresos tienen efecto retroactivo al 1 de enero, los incrementos en las cuotas mensuales regirán a partir de agosto de 2024.
- Exención para Alquileres: Se reglamenta la exención del pago del impuesto para quienes declaren ingresos provenientes del alquiler de hasta dos inmuebles.
Adaptarse a la Nueva Realidad
Las nuevas escalas del monotributo para 2024 reflejan un esfuerzo por mantener el régimen simplificado acorde a la situación económica actual del país. Es esencial que los monotributistas revisen sus ingresos y se recategoricen según los nuevos límites antes del 2 de agosto para evitar inconvenientes y aprovechar los beneficios del sistema.
Estos cambios no solo buscan aliviar la carga fiscal de los pequeños contribuyentes, sino también fomentar una mayor formalización y cumplimiento tributario.
Preguntas Frecuentes sobre el Monotributo 2024
Los nuevos límites de facturación son:
Categoría A: Hasta $6.450.000
Categoría B: Hasta $9.450.000
Categoría C: Hasta $13.250.000
Categoría D: Hasta $16.450.000
Categoría E: Hasta $19.350.000
Categoría F: Hasta $24.250.000
Categoría G: Hasta $29.000.000
Categoría H: Hasta $44.000.000
Categoría I: Hasta $49.250.000
Categoría J: Hasta $56.400.000
Categoría K: Hasta $68.000.000
Las cuotas mensuales varían según la categoría y el tipo de actividad (venta de productos o servicios). Aquí están los valores actualizados:
Categoría A: $26.600
Categoría B: $30.280
Categoría C: $34.658 (productos) y $35.458 (servicios)
Categoría D: $44.343,80 (productos) y $45.443,80 (servicios)
Categoría E: $58.148,18 (productos) y $64.348,18 (servicios)
Categoría F: $69.783,00 (productos) y $80.983,00 (servicios)
Categoría G: $85.296,20 (productos) y $123.696,20 (servicios)
Categoría H: $170.734,68 (productos) y $280.734,68 (servicios)
Categoría I: $255.108,55 (productos) y $517.608,55 (servicios)
Categoría J: $311.931,97 (productos) y $626.931,97 (servicios)
Categoría K: $377.084,75 (productos) y $867.084,75 (servicios)
Si superás el límite de facturación de tu categoría, deberás recategorizarte a la categoría correspondiente a tus ingresos reales. En caso de exceder los límites del régimen simplificado, deberás pasar al régimen general.
La recategorización debe realizarse semestralmente, en enero y julio. Debés revisar tus ingresos de los últimos 12 meses y compararlos con los límites de la categoría en la que estás registrado. Podés hacer el trámite a través del portal de AFIP.